46.8.4 Modelo 303 IVA Autoliquidación
Con el registro de IVA extendido, se realizó un cambio en el modelo 303. El modelo 303 dejó de ser un listado de informes contables a ser un módulo integrado en la contabilidad.
Nota: El modelo 303 discrimina los importes de las facturas que lo alimentan en función de los libros y ámbitos del registro de iva, es por ello que los tipos de iva deben estar bien configurados y su aplicación a clientes y/o proveedores deben ser correctas. Por ejemplo Clientes o Proveedores de Canarias, Ceuta y Melilla deben tener especificados ámbitos Extracomunitarios al ser regiones no incluidas en el TAI (Territorio de Aplicación del Impuesto IVA). Una incorrecta asignación o definición puede producir que el importe de dichas facturas no se recogan en el modelo 303.
Nota: La generación del fichero telemático para el modelo 303 no es válido para empresas que tributan Exclusivamente en Régimen Simplificado.
Para acceder al modelo 303 debemos pulsar la siguiente opción:
El modelo 303 está adaptado a las normativas de presentación indicadas por la Agencia Tributaria. En la pestaña de Leeme Novedades, podemos descargar el pdf con los distintos ajustes realizados según la AEAT. Así como links a la Web de la AEAT
- Adaptación del modelo por los cambios en Septiembre del 2012:
Se realizaron los cambios en el tipo impositivo que se indicaba que los importes en el 303, se sumarán según tipos (independientemente de su tipo impositivo), y su porcentaje será calculado entre la cuota y base de los mismos. Esto puede provocar visualizar porcentajes no habituales.
El modelo 303 dispone de un control interno sobre los tipos de iva y su agrupación de cara al 303, agrupando en función de si es IVA general, reducido o Superreducido.
- Adaptación a Facturas del Impuesto de Alcohol, y en el registro de Iva de la factura tenemos marcado el check del Impuesto de Alcohol (vía importación de apuntes ASCII) dicha factura en el 303 se recogerán en la casilla 44 de la declaración.
- Adaptación por desglose de Facturas Intracomunitarias de B. Inversión de las adquisiciones que son nacionales. La adquisición de BI intracomunitaria debe tener la autofactura en el ámbito 14.
- Adaptación según BOE del 29 de noviembre del 2013. Las facturas con modificaciones de Bases y Cuotas (rectificaciones y abonos) se recogen en las cuentas 14,15, 25/26 y 40,41. Disponemos de un parámetro especial para indicar que las Autofacturas e ISP no se desglosen en las Casillas de Modificaciones de Bases y Cuotas ni Rectificación de Deducciones en caso de Abonos o Modificaciones en este tipo de Facturas (Consulte con su asesor Fiscal)
- Adaptación del control del IVA Agrario en la casilla 42, para ello es necesario marcar en mantenimientos de iva, cual es el IVA agrario.
- Adaptación del modelo a las especificaciones del Régimen Especial del Criterio de Caja si tenemos habilitada dicha funcionalidad.
- Adaptación a las especificaciones de presentación de Diciembre del 2017 incluyendo operaciones anuales e información para las sociedades en Prorrata
Estas afectan a la declaración del mes de Diciembre, incluyendo información de las operaciones anuales (anteriormente informadas en modelo 390) e información sobre la prorrata y actividades de Regímenes de Deducción Diferenciados.
Ha sido añadida la información sobre la cumplimentación en el área de Novedades.
Estas nuevas especificaciones sólo se habilitan si seleccionamos el periodo Diciembre o 4 Trimestre
En la pestaña de Operaciones Realizadas en el Ejercicio se mostrará el resumen de estas, siendo posible consultar estas a través del botón , nos permitirá cargar el contenido en una hoja Excel, o consultarlo por pantalla si indicamos No
En la pestaña de Prorrata se deben recoger de forma manual los importes de las operaciones y códigos CNAE según tipo de Prorrata de la Empresa. Si la empresa no está en el Circuito de Prorrata dicha pestaña no se habilitará.
También de forma manual se deberá recoger el desglose de importes por operaciones según las Actividades con Regímenes de Deducción Diferenciados.
Tras calcular la declaración, generaremos el fichero telemático a presentar a través de la Sede Virtual de la AEAT, donde deberemos informar de los datos identificativos de la empresa y características de esta.
Consulte con su asesor fiscal para detalles de su presentación.
También se recogen los registros de IVA de Facturas Recibidas de Importación e IVA diferido en la casilla 77 de la Declaración. Consulte Facturas de Proveedor. IVA Diferido
Se dispone de un check en el Registro de IVA de las facturas, para poder identificar aquellos registros de IVA de Aduana que son diferidos (inscritos en el modelo 036) y que serán recogidos en la casilla específica en la autoliquidación del IVA, modelo 303.
Al generar el modelo 303, esta factura se recogerá en las Importaciones, pero a su vez se recoge en la casilla 77 del impuesto
- Adaptación del modelo al RD 4/2024 en el que se recogen cambios en los tipos de iva temporales de alimentación. Cambiando del 0% al 2% junto con sus recargos del 0% al 0.26% y del 5% al 7.5% con sus recargos del 0.62% al 1%
Por tanto el cálculo de modelo mensual o Trimestral hasta el mes de Septiembre o 3T muestra importes en unas casillas y en el mes de Octubre o 4T 2024 cambian estos tipos y casillas.
Además se recoge la posibilidad de presentación de declaración Rectificativa a la hora de generar el Fichero de Presentación Telemática
En el mes de Septiembre se muestran las casillas 165/167 y 168/170 las cuales al no estar en vigor en dicho periodo no muestran datos y están inhabilitadas si se desea introducir algún importe de forma Manual.
En el mes de Octubre o 4T se recogen en estas casillas los nuevos tipos impositivos del 2% y del 7.5% (que sustituye al 5% que desaparece), así como las casillas que recogen tanto bases y cuotas del Recargo de Equivalencia
Al generar el fichero telemático nos aparecerá la pestaña de Rectificatica que se deberá informar en caso de estar presentando una declaración Rectificativa de otra anteriormente presentada. Debiendo informar del número de Justificante de esta.
El programa mantiene un histórico de las diferentes declaraciones del Modelo 303 que vamos generando, la pantalla principal es el mantenimiento de estas declaraciones.
Se grabará en el Histórico de la tabla de la declaración si hemos filtrado por fecha Operación y hemos omitido las operaciones exentas y B.inversión.
Para realizar una declaración pulsamos el botón de y nos aparecerá la siguiente pantalla donde crearemos la declaración del modelo 303 del periodo necesario.
Indicaremos si deseamos trabajar en el filtro de fechas por Fecha de Factura o por Fecha de Operación (Fecha para las declaraciones).
Si filtramos por periodo manual, se verifica que si tenemos el año natural solo se pueda poner periodos de este ejercicio, si trabajamos con ejercicio partido se verifica que el periodo que indicamos en el modelo este dentro de este ejercicio.
Pulsaremos el botón de para que el programa nos realice la declaración del modelo automáticamente.
Si en una declaración anterior el importe de la misma ha resultado negativo, es posible recoger en la declaración el importe a compensar de la declaración anterior. Para ello es necesario indicar en Parámetros que se proponga el saldo en la casilla 67 e indicar la cuenta contable que recoge dicho importe a Compensar. Si la cuenta indicada no tiene saldo en el ejercicio actual, propondrá el importe de saldo del ejercicio anterior.
Podemos realizar desplazamiento vertical para acceder a la información de las casillas inferiores
Existe la posibilidad de modificar manualmente los campos que queramos rectificar en función del importe que nos ha indicado el programa. Para ello pulsaremos el botón de e introduciremos los datos. Estos cambios manuales se marcan en Rojo en los importes.
Disponemos del botón de desglose de operaciones para revisión de datos. Aparecerán desglosados por tipos de IVA y tipos impositivos. Desde el botón de podremos obtener un informe Excel del registro seleccionado con los datos de las facturas que componen el importe global.
Esta exportación a Excel lleva los importes numéricos como tal, con lo que es posible aplicar las funciones numéricas del Excel (función Suma por ejemplo).
Los ficheros Excel generados se grabarán en el directorio de la aplicación. Por defecto k:\krsoft\krfinan
Tenemos la posibilidad de no incluir en la declaración las recibidas nacionales exentas. Para ello deberemos marcar estos checks. Por norma deberán marcarse estos checks para omitir las facturas exentas (confirme con su asesor fiscal)
Una vez tengamos la declaración correcta pulsamos el botón de para darla de alta y guárdala en el histórico.
Una vez grabada la declaración tenemos la opción de realizar el asiento de liquidación de las facturas que intervienen en ella.
Para eso pulsamos el botón de en la declaración
El proceso de Liquidar consiste en saldar las cuentas asociadas a cada tipo de iva generando el contraapunte contra la Hacienda Pública Deudora/Acreedora por IVA
Hay que tener en cuenta que las cuentas que son procesadas en la liquidación son las indicadas para cada tipo de IVA en la pantalla de mantenimiento de los Tipos de IVA, por lo que dichas cuentas deben estar bien definidas.
Nota: En caso de que por parametrización se use diferentes cuentas contables para un mismo tipo de iva (declaradas en las distintas definiciones de asientos de los módulos de facturas), esta liquidación no será completa al no poder recoger diversas cuentas en finanzas para dicho iva
y se deberá realizar el asiento de liquidación de forma manual.
El programa nos solicitará un borrador para introducir los apuntes y saldarán los saldos de las cuentas de IVA definidas en la pantalla de Gestión de IVA, contra las cuentas de Hacienda Acreedor/Deudor por IVA.
La liquidación realizada no realiza Compensaciones de IVA. Estas deben ser realizadas mediante apunte manual.
Aceptamos la pantalla y nos solicitará el Numero de Justificante de la declaración del 303 que estamos realizando (Campo Informativo).
Al aceptar nos aparece el mensaje de que la liquidación se ha generado correctamente y se cerrará la pantalla.
Tenemos posibilidad de realizar la presentación telemática del Modelo 303. Para acceder a ella, dentro del 303 tenemos que pulsar el botón
Hay que tener en cuenta, que para poder generar el fichero telemáticamente debemos tener un registro del modelo 303 calculado o guardado anteriormente.
Además no se permite la generación de fichero con periodos generados como Manual o Anual, deben ser periodos válidos para la AEAT. Se mostrará un mensaje de advertencia en dicho caso.
Si la empresa se encuentra en el SII está exonerada de la presentación del modelo 390, el modelo 303 detectará esta característica y al generar el fichero no solicitará confirmación sobre si se está exonerado de la presentación del modelo 390 , en caso contrario sí solicitará dicha confirmación.
Tanto para las empresas del SII, como para aquellas que no están en el sistema, pero NO están exoneradas para la presentación del 390 se presentará la siguiente pantalla que deberá ser rellenada conforme las especificaciones de la empresa.
- NIF – De la persona o empresa que realiza la declaración
- NOMBRE O RAZON SOCIAL – De persona o empresa que realiza la declaración
- FICHERO – Es la ruta donde se generara el fichero parla presentación telemática
- LOCALIDAD – Campo no obligatorio, para saber desde donde se genera la declaración
- TIPO DE DECLARACION – Es el tipo de declaración que realizaremos en el modelo 303. Por defecto de Compensación.
- Se podrá en la generación del fichero del modelo 303 indicar la cuenta IBAN en función del tipo de declaración. En el caso de Ingreso, Devolución, Cuenta Corriente Tributaria Ingreso, Cuenta Corriente Tributaria Devolución o Domiciliación del Ingreso se deberá indicar el IBAN
- Deberemos indicar los datos de presentación según casuística de la empresa.
En este caso puede ser que la empresa tenga volumen de operaciones anuales por el artículo 121 de la ley de Iva o no y deberá alimentarse la clave de Actividad y el Epígrafe correspondiente
Si la empresa no está en el SII, y No está exonerado de presentar el fichero 390, tras confirmar este punto
Mostrará la siguiente pantalla para alimentar los datos.
La generación del fichero de presentación del modelo 303 está adaptada a las diferentes especificaciones introducidas por la AEAT.
Al generar el fichero de la declaración existen dos nuevos checks que deberá marcar según las relaciones de la empresa con la AEAT (si tiene dudas al respecto consulte con su asesor fiscal)
- Sujeto pasivo que tributa exclusivamente a una Administración Tributaria Foral con IVA a la importación liquidado por la Aduana pendiente de Ingreso
- Sujeto pasivo acogido voluntariamente al SII
Tenemos la opción de Imprimir los Libros de IVA, nos solicitará los libros a imprimir y generará un listado con las facturas de dicho libro en el periodo de la liquidación.
En la impresión de Informes la ordenación de las facturas dentro del listado por defecto será por Tipo de Iva, Ámbito, Fecha y Factura
También es posible obtener los listados de IVA con el formato de la Agencia Tributaria para las Revisiones/Inspecciones. Para ello se deberá marcar el check de Formato Unificado IVA-IRPF.
En este caso se deberá alimentar la Actividad Empresarial y el Epígrafe IAE de la empresa ya que son columnas a mostrar en el Excel de dicho informe.
Podremos indicar como se desea ordenar el listado (número de Factura, Fecha de Expedición, Fecha de Operación)
Nota: La AEAT en diversas fechas ha ido cambiando la estructura de dicho fichero Excel. Kriter Finanzas recoge dichas especificaciones, incluyendo las nuevas claves de actividad.
En la impresión de Libros se produce la ruptura por Tipo de IVA, generando un Subtotal del mismo, a la vez que se ordena por número de factura dentro de dicho Tipo
Disponemos desde el menú de Herramientas de un conjunto de Verificaciones sobre el Registro de IVA de las facturas que alimentan al 303. Véase Consultar Libros de IVA