Declaración Modelo 303 IVA Autoliquidación. Adaptación al tipo de iva 5% según RD 17/2022
La declaración del Modelo 303 IVA Autoliquidación se ha adaptado a las especificaciones para el iva del 5% según el Real Decreto-ley 17/2022, de 20 de septiembre.
En este Decreto se cambia de forma temporal el tipo de iva aplicado en el ámbito de la energía, la cogeneración y las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de determinados combustibles.
Esta reducción en el tipo de IVA es temporal (consultar las diferentes prórrogas publicadas en el BOE para adaptar las fechas de vigencia del tipo de iva) y se aplicará el 5% del IVA a las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de gas natural y de briquetas y pellets procedentes de la biomasa y a la madera para leña.
Como prerrequisito en Kriter se ha de disponer de la versión actualizada y tener activado el actual registro de IVA extendido (desde 2007) así como tener activada la integración contable.
Si sólo se dispusiese de Kriter Finanzas sólo sería necesario crear el tipo de IVA y asignar el mismo a las facturas, vía generación del iva desde Apuntes, vía pestaña Facturas o Asistente de Asientos.
Para recoger el circuito deberemos crear un tipo de IVA en Kriter ERP para el mismo. Con las características específicas a cada empresa (si esta se encuentra en el SII deberá indicar las claves para este impuesto).
En primer lugar en Kriter Finanzas, desde el menú Archivos->Gestión de IVA, crearemos un tipo de IVA para recoger este tipo impositivo.
Deberemos indicar las cuentas para Compras y Ventas que son usadas por el proceso de liquidación de iva desde el modelo 303, indicaremos el tipo de Desglose y sobre todo la casilla del modelo 303. Que por especificaciones de la AEAT por el momento se declara junto el tipo impositivo del 21% para las facturas emitidas.
En el ERP en el módulo de Auxiliares->Contables-> Tipos de IVA. Crearemos un tipo de IVA para este fin, y asignaremos al mismo el código en contabilidad previamente creado.
Nota: Se deberá adaptar el tipo de iva al tipo de operación, en cuanto ámbitos (operaciones nacionales, autofacturas,....)
Una vez creados los tipos de IVA podemos asignarlos a los artículos afectados por dicho cambio, como pueda ser los Pellets para estufas (por ejemplo). Para este proceso se podría usar la herramienta de Importaciones Varias en Artículos vía Excel
Para el correcto proceso de contabilización deberemos indicar dicho IVA de usuario en las Definiciones de Asientos usadas para la contabilización de este tipo de Facturas, tanto de Facturas de Proveedor, como de Facturas de Cliente.
Si realizamos ventas de artículos afectados, veremos tras la asignación de este tipo de iva a su ficha que en el albarán aparece a nivel de línea.
Nota: Si realiza venta de este tipo de artículos desde el Módulo TPV es necesario activar un parámetro interno para su funcionalidad. Contacte con Kriter Software.
Al generar la factura del albarán observaremos que no aparece recogido importe en el ámbito General, ya que es un IVA de usuario, veremos la información en el Detalle de IVA
Al contabilizar la factura en finanzas, quedará recogido el tipo de iva en el registro de iva de la misma.
Al realizar Facturas de Proveedor, deberemos asignar en Cabecera y línea de Bases el tipo de IVA especial del 5%. Si dicha factura recogiese conceptos con otros ivas, se deben desglosar y especificar a nivel de bases.
Cuando se contabilizan las facturas y se genera el modelo 303, estas se recogen en las operaciones interiores en el caso de facturas recibidas.
En el caso de las facturas emitidas, según las directrices de la AEAT se declaran junto al IVA General (por el momento) e indicando el tipo de IVA el porcentaje mayor de dichas facturas.