2.4.32.5 Configuración Obligado Tributario en Kriter Compliance
Al instalar Kriter Cloud Suite (KCS), se instalará un nuevo módulo de “KRITER COMPLIANCE”.
Para acceder debemos entrar en la versión ERP Cloud, y al hacer “log-in” autentificándonos con usuario y contraseña (si el usuario tiene permisos de Compliance), le aparecerá el acceso al nuevo módulo:
Una vez asignados los permisos de usuario al menú Kriter Compliance/ LAF, en la configuración de este módulo, deberemos realizar la parametrización inicial de los “Obligados Tributarios” que utilicen el Sistema Integrado de Facturación (SIF) de Kriter ERP.
Se deberá realizar la configuración para tantos obligados tributarios como tenga la instalación.
Al activar VeriFactu se tomará la información del Módulo Centros de Kriter ERP
La configuración será:
- Selección de Base de Datos y Centros de Trabajo: en primer lugar deberemos indicar al obligado tributario con que empresa ERP va relacionada. Un obligado tributario SOLO se podrá relacionar con una empresa ERP, pero una Base de Datos ERP podrá estar vinculada a varios Obligados Tributarios (OT):
Una vez relacionemos la empresa, el usuario deberá indicar que Centros de Trabajo están relacionados con el Obligado Tributario que estamos configurando.
- Certificado Digital + Password: se deberá importar el Certificado Digital del obligado tributario y poner la contraseña asociada al fichero .cer o .p12.
- Configuración VERI*FACTU: en la parte inferior se deberá indicar la configuración del obligado tributario respecto el RD 1007/2023 de los RRSIF. En este aspecto, si está afectado por la ley en cuestión, solo funcionaremos como sistema VERI*FACTU y deberemos indicar:
- Fecha Entrada VERIFACTU Real (informada en Centros): relación de cada “Obligado Tributario” a partir de que fecha dejará de enviar las facturas en el EndPoint de TEST y empezará a enviarla al ENDPOINT real. Nunca podrá ser inferior a 01/01/2026.
- Fecha Salida VERIFACTU (informada en Centros): solo se indicará si salimos de VERIFACTU para entrar en el SII. Por defecto, se deja en Blanco. Solo podrá ser fecha de 31 de diciembre (ya que la ley no permite salir de VERI*FACTU antes de finalizar un ejercicio).
- Modo Pruebas VERI*FACTU (informada en Centros): si activamos esta opción, antes de la llegada a la fecha entrada VeriFactu, se mandarán las facturas el EndPoint de Test de la AEAT. A partir de la Fecha Entrada VERI*Factu, se enviarán al EndPoint de Producción de la AEAT aunque este parámetro este activado.
En las bases de DATOS que sean PRODUCCIÓN, este botón se autodesactivará al cabo de 7 días de marcarse y se podrá volver a activar manualmente (durante 7 días más). Cada vez que se active será solo para 7 días para no colapsar servicio “EndPoint” pruebas de la AEAT.
Por otro lado, es importante explicar cuando se grabaran los registros de Facturación en Kriter Compliance y también como se asigna el ENDPOINT de VERI*FACTU al cual se van a mandar estos registros. Esto siempre será cuando en Centros esté activado Verifactu y también la combinación de 3 aspectos más:
** Si en Centros. Verifactu No está activado, nunca se generan registros de facturación, porque no estará activado VERIFACTU, independientemente del valor TEST en Supervisor.
- No afectación al RD 1007/2023: en el caso de que un obligado tributario pueda cambiar de VERI*FACTU a otra modalidad no afectada por el RD 1007/2023, se deberá indicar el Kriter Compliance la casuística por la que no le afecta el RRSIF, también indicando las fechas de entrada y salida en cada caso.
Existirá un control de fechas para poder estar en VERI*FACTU en REAL, pero en pruebas en el SII y de este modo una empresa que a 31/12/2026 salga de VeriFactu para entrar en el SII a 01/01/2027 podrá trabajar en el ERP con las dos formas, y mandar facturas reales a VERIFACTU y en pruebas al SII durante el periodo de transición de un sistema a otro.