Suministro Inmediato de Información. Cambios 01/07/2018

Suministro Inmediato de Información. Cambios 01/07/2018

La Agencia Tributaria realizó un nuevo cambio en el funcionamiento del Suministro Inmediato de Información (SII) con entrada en vigor el 1 de Julio del 2017. Se trata de la versión 1.1 del SII

Este cambio en el funcionamiento del SII está amparado por la siguiente normativa:

  • 27/02/2018: Orden HFP/187/2018, de 22 de Febrero del 2018 que modifica la Orden HFP/417/2017, de 12 de Mayo del 2017 por las que se regulan las especificaciones normativas y técnicas que desarrollan la llevanza de los Libros Registros de IVA en el SII
  • 12/03/2018: Corrección de errores de la Orden HFP/187/2018, de 22 de Febrero del 2018 que modifica la Orden HFP/417/2017, de 12 de Mayo del 2017 por las que se regulan las especificaciones normativas y técnicas que desarrollan la llevanza de los Libros Registro de IVA en el SII

https://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio/La_Agencia_Tributaria/Campanas/Suministro_Inmediato_de_Informacion_en_el_IVA__SII_/Suministro_Inmediato_de_Informacion_en_el_IVA__SII_.shtml

Por ello Kriter ERP ha sido adaptado a las nuevas especificaciones.

Esas modificaciones también se trasladan a Kriter Finanzas, ya que la presentación al SII se realiza basándose en los registros de iva de las facturas contabilizadas.

 

1º) Claves nuevas de Clasificación de Registros

Se han creado nuevas tablas para recoger las nuevas claves de identificación de los Registros.  Al mismo tiempo se han modificado las descripciones de determinadas claves y creado nuevas claves clasificadoras.

Podemos acceder al mantenimiento de las tablas del SII, desde el menú de Archivos->Suministro Inmediato de Información (SII).

 

Se crean los periodos Trimestrales de Declaración, para aquellas empresas que han entrado en el circuito del SII y han de presentar facturas con dichos periodos.

 

Se modifican las descripciones de los tipos F1 y F2 del tipo de facturas Emitidas, y se crea un nuevo tipo LC en facturas Recibidas para las liquidaciones Complementarias de Aduanas.

 

En las claves específicas de facturas emitidas (Expedidas) se modifican las descripciones de la clave 16  para incluir aquellas facturas anteriores a la inclusión de la empresa en el SII.

 

De la misma manera para las facturas recibidas se adapta la clave 14 para recoger las facturas anteriores a la inclusión de la empresa en el SII

 

La adecuación de dichas claves tiene como objeto cumplir con la disposición adicional segunda en la que se establece que los sujetos pasivos que queden obligados al SII en el curso del ejercicio deben remitir la totalidad de los registros de facturación de las operaciones realizadas desde el inicio de ese mismo ejercicio.

 

Para las empresas sujetas al RECC, se crea un nuevo medio de Pago/Cobro, 05 Domiciliación Bancaria.

El registro de iva de la factura marcada como RECC recogerá dichos cobros/pagos.

 

Nota:  En caso de una factura contabilizada desde el módulo de Cartera de Kriter ERP  se marcará con el valor 01 Transferencia

 

Se crean tres nuevas tablas identificativas, L25 para identificar la factura como Emitida por terceros de acuerdo con una exigencia normativa.

 

Tabla L26, para identificar la factura como Factura Simplicada, conforme el Artículo 7,2 y 7,3 RD 1619/2012

 

Tabla L27, para identificar la factura como Factura sin identificación destinatario, conforme el Artículo 6,1,d) del RD 1619/2012

 

Tabla L28, para identificar los Registros de facturación con dificultades para enviarse en plazo por no tener constancia del cambio de condición a Gran Empresa, de la inclusión en REDEME o de un cambio en la competencia inspectora.

 

Tabla L29, para identificar las facturas con macrodato de  importe superior al umbral de 100 millones de Euros. Kriter identifica estas operaciones y marca la clave de forma automática.

 

Nota: La Agencia Tributaria en las especificaciones técnicas de esta tabla indicaba originalmente que el importe era de 100.000 €, pero en posteriores revisiones del documento fue cambiado por 100 millones de euros.

 

2º) Empresas con tracto sucesivo.

En el caso de que una empresa sujeta al SII sea sucesora de otra, los datos de la empresa sucedida deben recogerse en el módulo del Supervisor.

Es decir los datos de la empresa actual serán los indicados en la pestaña Datos y por defecto todos los registros de facturas asociados serán de la empresa actual, pero será posible indicar de forma manual que un documento pertenece a la empresa sucedida (la anterior), y dicha información será pasada al registro de iva de la misma e informada a la AEAT al subir dicha factura al SII.

El marcado de una factura como "Operación realizada por una Entidad Sucesora de Otra Entidad" se realizará al ejecutar plantillas de Definiciones de Asientos o introduciendo facturas desde la pestaña de Facturas.

 

3º) Ajustes en Herramientas de actualización de Registros del primer Semestre

Se ha modificado las herramientas de actualización de los registros de facturas, para aquellas empresas que entran en el SII durante el año en curso, aplicándoles las claves 16 para facturas emitidas o clave 14 para facturas recibidas.

De forma inicial esta herramienta pasaba estas claves sólo al primer semestre del año 2017, ahora lo realiza para todas las facturas del primer semestre de cualquier ejercicio en el cual el SII esté activado.

 

 

4º) Modificaciones en el Registro de IVA de las facturas.

Se ha ampliado la información de los registros de iva de las facturas, recogiendo las claves clasificatorias de facturas e información adicional.

En la pestaña de Datos SII LRFE-LRFR se ha añadido los datos de la empresa de Tracto Sucesivo, informando de su NIF y Nombre o Razón Social.

También muestra la referencia externa para relacionar el registro de IVA con la factura del SII. Este campo es totalmente informativo. Si la factura tiene origen en Kriter Finanzas  mostramos el numero de la factura, si proviene de Kriter ERP mostramos el valor de la clave de importación (centro-tipo-serie-número)

 

Mediante el botón accederemos a una segunda pantalla de claves identificadoras del Registro.

En el caso de Facturas Emitidas (Expedidas) podremos indicar las siguientes:

  • L25 Emitida por Terceros de Acuerdo con una Exigencia Normativa
  • L26 Factura Simplificada Art. 7,2 y 7,3 RD 1619/2012
  • L27 Factura Sin Identificación Destinatario Artículo 6,1,d) RD 1619/2012
  • L28 Registro No Subido en Plazo por Incidencias en Cambio de Condición a Gran Empresa
  • L29 Facturas con Importe de la Factura Superior a 100 millones de Euros (esta clave se asigna de forma automática en función del importe de la factura).
  • Registro devoluciones del IVA de viajeros. Este check se deberá marcar cuando el registro se corresponde con una devolución del iva de viajeros, que sube a la AEAT con unas claves de tipo de envío 05 (Alta) y 06 (Modificación)

 

En el caso de Facturas Recibidas disponemos de las claves

  • L26 Factura Simplificada Art. 7,2 y 7,3 RD 1619/2012
  • L28 Registro No Subido en Plazo por Incidencias en Cambio de Condición a Gran Empresa
  • L29 Facturas con Importe de la Factura Superior a 100 millones de Euros (esta clave se asigna de forma automática en función del importe de la factura).

 

En las facturas del Libro de Bienes de Inversión con Prorrata, se permite tras modificar el registro de IVA que este vuelva a subir como Pendiente tras aceptar la pregunta de confirmación de dicha resubida al SIIMIK

 

Se permite en las facturas Emitidas Intracomunitarias informar la clave LK0 – Tipo de Operación No Sujeta, que hasta ahora solo se podía hacer con el Ámbito no Sujeto.

 

5º) Modificación en la introducción de Facturas desde la Pestaña Facturas

La introducción de facturas desde la pestaña de Facturas se ha ampliado para recoger las claves clasificatorias de los registros de iva.

En el caso de facturas Recibidas, deberemos indicar las claves:

  • L2. Tipo de Factura
  • L3.2 Clave de Régimen Especial Facturas Recibidas
  • L26 Factura simplificada Artículo 7,2 y 7.3 RD 1619/2012
  • L28 Registros No Subidos en Plazo por Incidencias en Cambio de Condición a Gran Empresa

También podremos identificar que es una Operación Realizada por una Entidad Sucesora de Otra Entidad, y trasladará al registro de IVA los datos de la empresa Sucedida.

De igual forma podremos indicar que es una Operación del RECC, en este caso si se realiza en la misma pantalla el pago de la factura, será necesario acceder posteriormente al registro de iva de la misma e indicar el tipo de Cobro/Pago

Tanto en operaciones de facturas recibidas como emitidas internamente se marca la clave L29 de facturas con importe superior al millón de euros (macrodato) en función del importe de la misma.

 

En el caso de facturas Expedidas (Emitidas), deberemos indicar las claves:

  • L2. Tipo de Factura
  • L3.1 Clave de Régimen Especial Facturas Expedidas
  • L25 Emitida por Terceros con Exigencia Normativa
  • L26 Factura simplificada Artículo 7,2 y 7.3 RD 1619/2012
  • L27 Factura Sin Identificación Destinatario Artículo 6,1,d) RD 1619/2012
  • L28 Registros No Subidos en Plazo por Incidencias en Cambio de Condición a Gran Empresa

También podremos identificar que es una Operación Realizada por una Entidad Sucesora de Otra Entidad, y trasladará al registro de IVA los datos de la empresa Sucedida.

De igual forma podremos indicar que es una Operación del RECC, en este caso si se realiza en la misma pantalla el cobro de la factura, será necesario acceder posteriormente al registro de iva de la misma e indicar el tipo de Cobro/Pago

 

 

6º) Modificación en la definición del Asistente de Asientos Contables (Plantillas)

En la Definición del Asistente de Asientos, en su pestaña de Líneas, se ha añadido las nuevas claves clasificatorias de los registros de iva.

Estas nuevas claves se definen a nivel de cabecera, en las cuatro subpestañas de Datos SII:

 

Tanto en operaciones de facturas recibidas como emitidas internamente se marca la clave L29 de facturas con importe superior al millón de euros (macrodato) en función del importe de la misma.

  • Datos SII Libro Registro Facturas Emitidas-Recibidas. Adicionalmente a las claves clasificadoras de los registros para el SII, es posible indicar que la operación es de tipo Devolución del IVA de viajeros, con el objeto de que se envíe al SII con las claves especiales del Tipo de Envío.

Recibidas:

 

Emitidas:

Se permite introducir la clave LK0 – Tipo de Operación No Sujeta en la definición de asientos contables cuando el ámbito de la factura sea intracomunitario.

 

  • Datos SII Libro Registro Determinadas Operaciones Intracomunitarias. Estas claves identificativas no han tenido cambios en la versión 1.1 del SII

 

  • Datos SII Libro Registro de Bienes de Inversión. Estos datos no han tenido cambios en la versión 1.1 del SII

 

Al ejecutar la definición de Asientos es posible marcar que la Operación es Realizada por una Entidad Sucesora de Otra Entidad, y si es una operación bajo RECC.

En este último caso si en la definición de asientos realiza el Cobro/Pago, deberá a continuación acceder al registro de iva de dicha factura para recoger el medio del cobro/pago

 

Nota: Deberá revisar las plantillas existentes de introducción de facturas y confirmar que recogen las nuevas claves clasificatorias de registros para el SII

 

 

7º) Importación ASCII

Ha sido ampliada la estructura del fichero de intercambio de Apuntes y Cobros/Pagos del RECC para recoger las nuevas claves del SII, admitiendo los nuevos valores de tablas.

La alimentación del campo L29 Macrodato (identificación de las facturas de  importe superior al umbral de 100 millones de Euros) es automatico en función del importe de la factura que estemos importando.

Los valores de Periodos se amplian a los Trimestres:

 

El tipo de Factura recoge las nuevas descripciones y el nuevo valor LC para liquidación Complementaria de Aduanas.

 

El fichero de Cobros/Pagos del RECC admite ahora la clave 05 Domiciliación Bancaria.

 

Nota: Aconsejamos que consulten a su asesor fiscal ante cualquier duda de clasificación de los registros de IVA de las facturas y sus claves.